Se trata de ayudas aprobadas por la Junta de Gobierno Local y que forman parte de una partida destinada a paliar las consecuencias económicas derivadas de la crisis sanitaria del COVID-19 que han padecido empresas de hotelería, establecimientos comerciales o personas trabajadoras autónomas • La convocatoria sigue abierta hasta el próximo 30 de noviembre

La última sesión de la Junta de Gobierno Local ha aprobado la concesión de 150 subvenciones a empresas, comercios y autónomos para contrarrestar los efectos económicos del COVID-19 y la declaración del Estado de Alarma. Estas ayudas tienen un valor superior a los 268.000€ (268.719,06 euros concretamente) y forman parte de la convocatoria que el Ayuntamiento abrió el pasado mes de agosto y que todavía está abierta, dotada con un importe total de 750.000 euros.

Recordemos que estas ayudas están destinadas a titulares de un negocio de hotelería, establecimientos comerciales de más de 400 metros cuadrados de superficie o ubicados en centros comerciales y a personas trabajadoras autónomas sin local comercial que hayan visto afectada su actividad a raíz de los decretos y resoluciones publicados en el mes de octubre para la contención de la pandemia.

Siempre y cuando cumplan los requisitos, pueden iniciar los trámites para solicitarla dirigiéndose a la Oficina Virtual de Atención a comercios, pymes, personas trabajadoras autónomas y empresas de servicios de Castelldefels de La Guaita, o llamando directamente al 935 113 066 en horario de 9 a 14 horas.

La solicitud de la subvención es telemática y el periodo de presentación se abrió el pasado 12 de agosto y llega hasta el próximo 30 de noviembre. A pesar de ello, la concesión de las subvenciones se lleva a cabo mediante un régimen de concurrencia competitiva, es decir, importan el orden de entrada de la tramitación y la documentación presentada.

Las personas que se hayan beneficiado de alguna otra convocatoria extraordinaria también pueden ser beneficiarias de esta tercera fase.

 

¿Qué documentación se tiene que presentar?

  • Formulario de solicitud y justificación.
  • Documento de alta censal de la actividad, modelo 036 o 037 de Hacienda.
  • La acreditación del gasto a subvencionar según el artículo o) de la convocatoria.
  • Licencia municipal de actividad, en el caso de disponer de establecimiento.
  • Declaración de Renta, año 2020, en el caso de las personas trabajadoras autónomas.

 

¿Quién puede optar a la subvención y cuál es el importe?

Línea A) COVID Hoteles:

Establecimientos hoteleros y alojamientos turísticos con centros de trabajo en Castelldefels: Empresas que tengan como actividad principal una actividad correspondiente a la Agrupación 68 del IAE (Servicios de Hospedaje). En este caso el importe de la subvención será de 200 euros por habitación.

 

Línea B) COVID Autónomos:

Personas dadas de alta en el RETA con anterioridad al 31 de diciembre de 2019, con actividad en Castelldefels, sin local comercial, que durante el ejercicio de 2020 hayan ingresado menos de 26.600€. Importe a subvencionar: 1000 euros.

 

Línea C) COVID Establecimientos Comerciales

Actividades empresariales especialmente afectadas por la resolución SLT/1/2021 de 4 de enero:

  • Establecimientos comerciales de más de 400 m²
  • Establecimientos comerciales ubicados en centros comerciales, galerías comerciales o recintos comerciales

Importe a subvencionar: 2000 euros.

 

Excluidos de esta convocatoria:

  • Las entidades sin ánimo de lucro que pudieran tener actividad económica
  • Los autónomos societarios
  • Los autónomos colaboradores
  • Los establecimientos comerciales dedicados a la venta de productos esenciales, productos higiénicos, centros de veterinaria, peluquerías, centros de estética, concesionarios de automóviles y centros de jardinería

 

+INFO: Web de La Guaita